Diligencia Debida del Cliente Básica (DDC) Con la Ayuda de Expertos de Risk Insight
Tradicionalmente, los requisitos de diligencia debida del cliente (CDD) se han incluido en el sistema de controles internos. Sin embargo, más recientemente se considera que es un quinto elemento de un programa de cumplimiento ALD-CFT. En particular, la FinCEN, la autoridad reguladora de los Estados Unidos, exige a las empresas que diseñen y apliquen procedimientos apropiados basados en el riesgo para llevar a cabo una diligencia debida del cliente continua (ODD).
Un programa de cumplimiento ALD-CFT debería incluir políticas, procedimientos y procesos de DDC para todos los clientes, especialmente los de alto riesgo.
Los procedimientos de DDC deberían incluir:
- Comprensión de la naturaleza y el propósito de las relaciones con los clientes para desarrollar un perfil de riesgo del cliente
- Realización de un monitoreo continuo para identificar e reportar sobre actividades sospechosas
- Mantener y actualizar la información de los clientes.
Un programa de CDD robusto debe incluir estos elementos:
- Identificación del Cliente: Identificación completa del cliente y de las entidades comerciales, incluyendo la fuente de los fondos y del patrimonio cuando sea apropiado.
- Perfiles: Desarrollo de perfiles de transacciones y actividades para cada cliente.
- Aceptación del Cliente: Definición y aceptación del cliente.
- Calificación del Riesgo: Evaluación y calificación de los riesgos que presenta la relación con el cliente.
- Monitoreo: Monitoreo de cuentas y transacciones basado en los riesgos presentados.
- Investigación: Investigación y examen de la actividad inusual del cliente.
En la mayoría de los casos, una diligencia debida del cliente básica (DDC) será suficiente, mientras que en otros casos, se requiere una diligencia debida del cliente reforzada (EDD). Esta última puede ser muy extensa y llevar mucho tiempo. El programa de diligencia debida del cliente (DDC) de la empresa debe indicar qué proceso de DDC debe seguirse para cada nivel de riesgo. Los niveles de riesgo que se evalúan se refieren a tipos de clientes, países o áreas geográficas, y productos, servicios, transacciones o canales de entrega particulares.
Hay casos en que el riesgo de blanqueo de dinero o de financiación del terrorismo puede ser menor. En esas circunstancias, y siempre que se haya realizado un análisis adecuado del riesgo, podría ser razonable que una empresa aplicara medidas de diligencia debida del cliente básica (DDC).
Ejemplos de posibles medidas son:
- Verificar la identidad del cliente y del beneficiario efectivo
- Reducir la frecuencia de las actualizaciones de la identificación de los clientes
- Reducir el grado de vigilancia y escrutinio continuo de las transacciones
- Infiriendo el propósito y la naturaleza del tipo de actividad o relación comercial establecida
Las medidas de diligencia debida del cliente básica (DDC) no pueden adoptarse en situaciones en las que exista una sospecha de blanqueo de capitales o surjan elementos específicos de mayor riesgo.
Toda empresa que necesite llevar a cabo una diligencia debida del cliente básica (DDC) deberían buscar la ayuda externa de los expertos de Risk Insight.
Los expertos de Risk Insight pueden llevar a cabo una diligencia debida del cliente básica (DDC) para proteger a su empresa de los riesgos legales, financieros, de organización y de reputación.